DEROGACIÓN DE LA GOLDEN VISA 

El final definitivo de las llamadas “Golden Visa” en España ha llegado. Tras más de siete meses desde su anuncio el 4 de abril de 2024, el Gobierno ha aprobado su derogación mediante una enmienda incluida en la Ley de Eficiencia Judicial, aprobada el 14 de noviembre. Esta modificación elimina los artículos 63 a 75 de la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores, que regulaban este tipo de visados.

 

El texto, que ya ha avanzado al Pleno del Congreso, continuará su trámite en el Senado, que dispone de un plazo de urgencia de 20 días para decidir. La entrada en vigor de esta medida está prevista para principios de 2025. Durante este período de transición, se respetarán los visados ya concedidos y las solicitudes presentadas antes de la promulgación de la ley, garantizando la seguridad jurídica.

 

Beneficios que otorgaba la Golden Visa

La Golden Visa era un visado especialmente atractivo para inversores extranjeros, ya que ofrecía:

  1. Residencia rápida: Disponible para quienes invirtieran al menos 500.000 € en bienes inmuebles en España, entre otros supuestos como deuda pública o proyectos empresariales.
  2. Permiso de residencia sin necesidad de estancia prolongada: Solo era necesario pasar un día al año en España para mantener el visado.
  3. Renovaciones fáciles: Conservar la inversión y demostrar solvencia económica eran los únicos requisitos.
  4. Exención de residencia fiscal: Los titulares podían disfrutar de la residencia española sin convertirse en residentes fiscales, evitando la obligación de tributar en el país.

Este visado permitía a los titulares y sus familias vivir, trabajar y viajar libremente por el espacio Schengen, haciendo de España un destino atractivo para inversiones inmobiliarias y empresariales.

 

¿Qué ocurrirá con los actuales titulares de Golden Visa?

La enmienda incluye una disposición transitoria que protege a quienes ya poseen una Golden Visa o han solicitado una antes de la entrada en vigor de la nueva ley:

  • Visados actuales: Serán respetados, por lo que los titulares pueden mantener sus beneficios mientras el visado esté vigente.
  • Renovaciones: Se garantizarán siempre que se cumplan los requisitos actuales, como la continuidad de la inversión.

En resumen, los actuales titulares no deben preocuparse, ya que seguirán disfrutando de las condiciones previamente establecidas.

 

Alternativas tras la derogación

Aunque no exista un visado exactamente equivalente a la Golden Visa, el sistema español ofrece otras opciones que pueden ser adecuadas para inversores o personas con alto poder adquisitivo:

  1. Visado no lucrativo: Ideal para quienes tienen medios económicos suficientes y no desean trabajar en España.
  2. Visado de emprendedores: Diseñado para quienes buscan desarrollar proyectos innovadores en el país.
  3. Visado para nómadas digitales: Destinado a profesionales que trabajan de forma remota y desean establecerse temporalmente en España.

En conclusión, la eliminación de la Golden Visa supone un cambio significativo, pero existen alternativas que permiten disfrutar de la vida en España y optimizar las ventajas fiscales y legales. 

 

Contar con el asesoramiento de un abogado especializado es clave para identificar la mejor opción según cada caso.

 

Si tienes dudas sobre cómo estos cambios pueden afectarte o necesitas explorar otras opciones de visado, contacta con nuestro equipo de expertos. Te ayudaremos a encontrar la solución más favorable para tus necesidades legales y fiscales.

 

Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones

Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor revise los detalles en la política de privacidad y acepte el servicio para ver las traducciones.